lunes, 20 de abril de 2020

II CONGRESO NACIONAL - ESTATUTARIO - PPIINT

SEGUNDO CONGRESO ESTATUTARIO- PARTIDO POLÍTICO IDENTIDAD INTEGRADORA NUEVO TAHUANTINSUYO 

El Congreso Estatutario De PARTIDO POLÍTICO IDENTIDAD INTEGRADORA NUEVO TAHUANTINSUYO, se llevó a efecto los días 14 y 15 de Marzo del 2020, teniendo como presidente al hermano mensajero Santiago Álvarez Barrientos; se debatió y aprobó en Estatuto del Partido; además, se desarrolló la estrategia para la afiliación y se nombró al Comando Nacional de Afiliación compuesto por: El Hermano Mensajero Amauta Julio Durand Lazo (Lima), El hermano mensajero Hortencio Julcahuanca Orozco (Lambayeque), El hermano mensajero Pedro Onofre Ojeda (Cajamarca) y el Hermano Mensajero Carlos Caballero Balladares (Huancavelica), así mismo, se acordó la realización del congreso extraordinario para el 12 de Abril, evento que no se pudo realizar por la situación que se vive actualmente en el Perú. 

Desayunando en el Comedor del PPIINT


II CONGRESO 
NOTA AL VUELO LA MIRADA DEL CONDOR
PARTIDO IDENTIDAD INTEGRADORA
NUEVO TAHUANTINSUYO 

Sobre el significado del II Congreso Estatutario del partido. 

En un contexto muy difícil, complejo, donde una pandemia ocupa todos los titulares y acapara la atención de los medios, generando miedo e incertidumbre, se realizó el II Congreso Estatutario del Partido Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo, y por esta voluntad y amor al Perú, merece ser reconocido como un acto histórico trascendental. 

Se hizo el Congreso con delegados que concurrieron de diversos puntos al Tambo de la Libertad, a pesar de lo señalado. En esta oportunidad, no es el número sino el liderazgo lo que debe remarcarse. El Congreso fue un evento de liderazgo Institucional. 

El partido ha triunfado, ha alcanzado una victoria indiscutible. Ha logrado un Congreso que en un debate fraterno, ha aprobado el primer Estatuto partidario moderno, en el Perú, pos caída del Muro de Berlín, que abre las posibilidades para que el pueblo llegue por primera vez al poder, luego de 500 años de marginación. 

Un Estatuto que consigna el Proyecto Histórico de la creación del Nuevo Estado con los Principios de nuestra Identidad, con una Visión y misión Civilizatoria, con el sueño de desterrar la pobreza como lo hizo el antiguo Tahuantinsuyo, está destinado a ser un instrumento para el desarrollo institucional del partido. 

Una vez más el Congreso se ha realizado en el territorio del partido, símbolo de la Identidad, en el Tambo de la Libertad, Izcuchaca Huancavelica. Donde flamean las banderas del Partido, del Tahuantinsuyo, del Perú. Esto marca una diferencia con los otros partidos. Nosotros debatimos en los andes, donde está naciendo la patria grande. 

El Congreso ha dado la estrategia para potenciar la afiliación, en un mundo donde la membrecía y sentido de pertenencia a los partidos está en crisis, y, se manifiesta en partidos huecos e informales, bajo la poderosa tendencia de nuestra Identidad, nuestro partido, en base a su Proyecto Histórico, inspirando un liderazgo habilitador, colectivo, institucional, está logrando la afiliación, porque es el partido de los nuevos pueblos del Perú, del nuevo Perú que urgente reclama la creación de su Estado. En esta dirección el II Congreso Estatutario del partido será recordado como un hito en nuestra historia. 

Kausachum el II Congreso Estatutario del partido
Kausachum el Estatuto Aprobado 

Julio Durand Lazo
Hermano mensajero Amauta Chaski 

17 de Marzo de 2020
Tambo de la Libertad. 


NOTA AL VUELO LA MIRADA DEL CÓNDOR
PARTIDO IDENTIDAD INTEGRADORA
NUEVO TAHUANTINSUYO 

CONVOCATORIA 

II CONGRESO NACIONAL PARTIDARIO ESTATUTARIO 

Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo, el partido del pueblo, de los nuevos pueblos del Perú, de las comunidades campesinas, de las rondas campesinas, de los microempresarios, del nuevo Perú, de los peruanos identificados con su proyecto histórico, convoca: 

A su II congreso nacional partidario a realizarse en el territorio de la Identidad, en el Tambo de la Libertad, Izcuchaca, Huancavelica, Perú, los días 14 y 15 de Marzo de 2020, con la siguiente agenda 

1.- Informe del cumplimiento de la Afiliación partidaria, 

2.- Aprobación del Proyecto de Estatuto del Partido. 

3.- Elección de la Dirección Nacional del Partido 

4.- Directivas para la organización del Partido en Regiones, provincias y distritos. 

5.- Otros que el Congreso apruebe. 

El partido va directo sin renunciar a su proyecto y objetivo histórico de la creación del nuevo Estado Peruano con los Principios de nuestra Identidad, así, dar inicio a una nueva era en la historia del Perú, con un liderazgo civilizador. 

Por encargo del partido 

Julio Durand Lazo
Hermano mensajero Amauta Chaski
desde el Tambo de la Libertad-Izcuchaca-Huancavelica 

Febrero de 2020 



PARTIDO POLÍTICO IDENTIDAD INTEGRADORA NUEVO TAHUANTINSUYO-ESTATUTO APROBADO POR EL CONGRESO ESTATUTARIO DEL PARTIDO CON FECHA 14-15 -03- 2020. 

EN EL TERRITORIO DEL PARTIDO. IZCUCHACA PERÚ 

TITULO I
GENERALIDADES, VISIÓN, MISION, PRINCIPIOS. FINES OBJETIVOS Y MEDIOS
CAPÍTULO I
GENERALIDADES 

Artículo 1.- Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo inicia su proceso fundacional y creador el 19 de junio de 2016, en el tambo de la Libertad, Izcuchaca, Huancavelica, considerado como el territorio símbolo de nuestra identidad, donde nace la patria grande. 

Artículo 2.- Desde la perspectiva de las civilizaciones el partido se constituye para dar fin al proceso de la creación del Nuevo Perú, iniciado hace medio siglo, con la creación de los pueblos del Perú, que requieren para culminar este proceso histórico la creación del Nuevo Estado peruano con los Principios de nuestra Identidad, dando inicio a una nueva era política para el Perú. 

Artículo 3.- La existencia del partido se basa en la interpretación de nuestra historia en base a los choques de civilizaciones producidos en el Perú, entre la civilización occidental y la civilización andina, expuestos en diferentes documentos del partido, especialmente en las marchas llevando el proyecto y mensaje del partido. 

Artículo 4.- Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo, expresa la necesidad de los nuevos pueblos del Perú, del nuevo Perú, de crear su Estado, culminando un proceso iniciado a partir de 1969, en un proceso de choque y cambio radical, el segundo choque de civilizaciones entre occidente y el ande, donde el ande se vuelca a las ciudades occidentales, y crea nuevos pueblos desde esteras, y este choque ha culminado a favor de la civilización del ande, del Tahuantinsuyo. 

Artículo 5.- El Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo tiene su domicilio legal en la localidad de Izcuchaca-Huancavelica, y por su carácter nacional tendrá locales partidarios a nivel nacional. 

Artículo 6.- El Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo, sin negar su proceso fundacional y creador, legalmente comienza su existencia con su inscripción ante el JNE, para participar en las competencias electorales a nivel nacional. 

Denominación: El Partido Político se denomina: Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo, su sigla es: IINT. 

Símbolo: Está constituido en una figura rectangular color azul eléctrico en la misma está grabada el Sol naciente en cuya parte inferior sobrevuela un cóndor de color negro y franja blanca en el cuello del cóndor. 

Domicilio real: Se ubica en su territorio, ubicado en el Fundo Tambillo- El Tambo de la Libertad, Izcuchaca, región Huancavelica. 


CAPITULO II
VISIÓN Y MISIÓN DEL PARTIDO 

Artículo 7.- La visión de futuro del Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo: “Una sociedad peruana con una Identidad civilizatoria con un Nuevo Estado central civilizador, en América latina, con un núcleo civilizador, basado en la teoría de lo Social, que integre los principios de nuestra identidad en estructuras de progreso continuo, para forjar el sueño de una sociedad donde no exista el abandono, pobreza, ni exclusión”. 

Artículo 8.- La misión de Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo plantea: 

• Liderar la creación del Nuevo Estado peruano con los Principios de nuestra Identidad, e Instituir un Nuevo Estado en base a la participación, la complementación, el principio de reciprocidad (el ayni), el principio de la complementariedad (el yanan); todos ellos plenos en la sociedad. Llevar el mensaje civilizador a la población, organizando el contenido social conforme a este núcleo civilizador. 


CAPITULO III
DE LOS PRINCIPIOS Y FINES 

Artículo 9.- EL Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo basa su actividad partidaria en los siguientes principios políticos irrenunciables: 

a. Principio del Progreso para el bienestar para todos los peruanos. 

b. Principio de la Participación para concretar el progreso en complementación con la sociedad. 

c. Principio de Unidad con la naturaleza para preservar el equilibrio y la armonía con la tierra. 

d. Principio de la Responsabilidad Social para superar el abandono y la pobreza en la sociedad. 

e. Principio de Previsión para remediar y superar los efectos de las catástrofes. 

f. Principio de la Integridad territorial para dar seguridad y tranquilidad a la sociedad. 

g. Principio de la Honradez, para fomentar el progreso con justicia y valores. 

h. Principio de la Solidaridad en acción, para lograr bienestar y progreso en todos los niveles de la sociedad. 

i. Principio de la Descentralización del progreso, para llevar progreso y bienestar a todo su territorio. 

j. Principio de la Propiedad al servicio de lo Social, evitando sus distorsiones. 

k. Principio de Derechos y Deberes Compartidos, para establecer el Equilibrio de Derechos y deberes en toda la sociedad. 

l. Principio de la Democracia de participación y complementación, para garantizar la estabilidad política de la sociedad. 

j. Principio de interculturalidad peruana. Para garantizar la pluriculturalidad. 

Artículo 10.- El Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo se plantea los siguientes fines: 

a. Afirmar nuestra identidad civilizatoria, nuestro yo colectivo más amplio, en el mundo, en la tarea de forjar un futuro sin pobres y abandonados sociales para la humanidad. 

b. Resolver los problemas estructurales y sistémicos de la sociedad peruana como son: la exclusión y desocupación social, la corrupción social, la impunidad, los conflictos sociales, el medio ambiente. 

c. Lograr prosperidad y abundancia desterrando la pobreza y el abandono social, con el poder del conocimiento y la complementación social y económico. 

d. Superar el vacío institucional político en el Perú, logrando hacer institución del Estado, con los Principios de nuestra Identidad, generando la unidad de valores, principios, comunes entre el pueblo y el Estado. 


CAPITULO IV
DE LOS OBJETIVOS Y LOS MEDIOS 

Artículo 11.- Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo, sobre la base de sus principios, para la consecución de sus fines, se plantea los siguientes objetivos. 

a. Participar en las elecciones para liderar la creación del Nuevo Estado peruano con los Principios de nuestra Identidad. 

b. Formar líderes con conocimientos y principios, capaces de liderar y competir en representación del partido, con éxito. 

c. Educar políticamente a la sociedad para su participación solidaria y creativa en la concreción de los proyectos sociales e históricos. 

Artículo 12.- Para concretar sus objetivos y hacer realidad sus principios y fines, el partido empleará los siguientes medios: 

a. El conocimiento, como el principal recurso y para ello el Partido pondrá en funcionamiento su Hatun Yachay Huasi. 

b. Lo social, complemento del conocimiento, para motivar e impulsar la creatividad y la innovación. 

c. Los recursos económicos, provenientes de las actividades realizadas por el partido y los aportes de sus integrantes, y de aquellos que se identifican con el partido. 


TITULO II
DE LA IDENTIDAD PARTIDARIA: LA COMUNIDAD PARTIDARIA, LOS MIEMBROS AFILIADOS, LOS MIEMBROS ASPIRANTES, Y LOS MIEMBROS ACTIVOS DEL PARTIDO. 

CAPÍTULO I
DE LA COMUNIDAD PARTIDARIA/ ORGANIZACIÓN PARTIDARIA 

Artículo 13.- EL Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo se moviliza con su proyecto histórico, la creación del Nuevo Estado con los Principios de nuestra Identidad, con su visión y misión, a la sociedad, para lograr un posicionamiento institucional, y tener una existencia en la mente de los peruanos, formando así una comunidad política moderna con su proyecto histórico, que es su objetivo histórico. 

Artículo 14.- Pertenecen a la comunidad partidaria los peruanos que tienen posicionado en su mente al partido, identificados con su proyecto, con el mensaje civilizador, y sus principios, con sus fines. 

Artículo 15.- La comunidad partidaria es la que tiene decisión de voto favorable para los candidatos del partido, y participa de sus actividades sin necesidad de ningún vínculo formal. La comunidad representa al partido en el conjunto de la sociedad peruana. 

Artículo 16.- Los integrantes de la comunidad partidaria que lo decidan, pueden formalizarse libremente en el Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo, como afiliado, aspirante a miembro y miembro activo. 


CAPITULO II
DE LOS AFILIADOS 

Artículo 17.- EL Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo, convoca a los integrantes de la Comunidad que se identificación con el Partido, por medio del órgano de Admisión, a quienes quieran afiliarse voluntariamente al partido 

Artículo 18.- La afiliación partidaria es el primer nivel de participación orgánica del partido, con los afiliados el partido se organiza en Comités territoriales, en redes sociales, desarrollando actividades de colaboración a tiempos parciales. 

Artículo 19.- La afiliación es condición y requisito para aspirar a miembro activos con vocación política. 

Artículo 20.- Los miembros afiliados tienen los siguientes deberes: 

a. Integrar los Comités territoriales del partido, en sus respectivas jurisdicciones, participando de su vida institucional. 

b. Aportar al partido para concretar los objetivos del mismo. 

c. Ser mensajeros, llevar el proyecto histórico del partido y su mensaje civilizador, generando en los electores el posicionamiento del partido. 

d. Apoyar las campañas del partido en los procesos electorales internos, para la elección de los candidatos del Partido, así como en las campañas a nivel nacional en apoyo a los candidatos elegidos. 

e. Dar prestigio y proyectar la imagen del Partido como corresponde pertenecer al Partido de la gran civilización naciente. 

Artículo 21.- Los afiliados tienen los siguientes derechos. 

a. Aspirar a la condición de miembro activo del Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo, e inscribirse en el Hatun Yachay Huasi, para su formación y preparación. 

b. Elegir y ser elegidos como candidatos del partido en todos los niveles de las competencias políticas. 

c. A la colaboración solidaria del Partido, en caso de necesidad, conforme a sus principios. 

d. A tener acceso a la información sobre las actividades del partido, y la fiscalización de su economía. 

Artículo 22.- Para afiliarse al partido es necesario no pertenecer a otro partido o agrupación política. 

Artículo 23.- Todo afiliado tiene la libertad de desafiliarse. Con esta finalidad presentará una carta de renuncia, entregará su carnet de afiliado. 

Artículo 24- La re-afiliación al Partido, se realiza con una carta respectiva. El órgano de admisión procederá a formalizarla, de no mediar impedimentos estatutarios. 


CAPÍTULO III
DE LOS ASPIRANTES A MIEMBROS 

Artículo 25.- Todo Afiliado del Partido Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo tiene el derecho a ser aspirante a miembro activo del partido. 

Artículo 26.- El Partido convoca, periódicamente, a los afiliados con vocación política, con miras a especializarse en política, para ser aspirantes a miembros activos del partido. 

Artículo 27.- El proceso de formación para ser miembros activos consiste en la formación política del miembro aspirante, en el aprendizaje de los conocimientos necesarios y fundamentales sobre la sociedad y la política, con las pruebas de liderazgo correspondientes. 

Artículo 28.- El Partido con el fin de canalizar la vocación política de los aspirantes creará y organizará el Hatum Yachay Huasi, que funcionará como un Centro de Formación de Líderes Políticos a nivel nacional con mecanismos de descentralización y unidad partidaria. 

Artículo 29.- Los aspirantes que culminen con éxito el proceso de aprendizaje y concreten las pruebas de Liderazgo, serán admitidos como miembros activos mensajeros del partido en ceremonia especial. 

Artículo 30.- Los aspirantes desaprobados, pueden volver a ser admitidos en las próximas convocatorias anuales de aspirantes a miembros activos que realice el partido. 


CAPÍTULO IV
DE LOS MIEMBROS DEL PARTIDO 

Artículo31.- Son miembros activos del Partido Político Identidad Integradora los aspirantes, formados en el Hatum Yachay Huasi, admitidos como tales por el partido. 

Artículo 32.- Los miembros activos están a disposición del Partido, cumpliendo las tareas que le encomienden los órganos de dirección o funcionales del partido. 

Artículo 33.- Son deberes de los miembros activos. 

a. Ser mensajeros Líderes del Partido, ejerciendo liderazgo habilitador, haciendo una labor de posicionamiento en forma permanente. 

b. Contribuir al crecimiento orgánico del Partido promoviendo las afiliaciones en la comunidad partidaria, e incentivando la participación de nuevos Aspirantes a miembros activos. 

c. Cotizar mensualmente al Partido. 

d. Los miembros activos electos y seleccionados en cargos públicos locales, regionales y nacionales, tienen el deber de contribuir con el partido con el 20% del total de los ingresos mensuales. 

e. Velar por la seguridad física y virtual, la disciplina orgánica y la moral del Partido. 

Artículo 34.- Son derechos de los miembros activos: 

a. A la compensación económica, según el Reglamento económico del Partido, para su dedicación a tiempo completo. 

b. A elegir y ser elegido en los cargos de dirección de los órganos de gobierno del Partido. 

c. A elegir y ser elegido en los cargos de dirección de los órganos de dirección del Partido. 

d. A elegir y ser elegido para las candidaturas en representación del partido para las competencias políticas a nivel local, regional y nacional. 

e. A su defensa en caso de acusaciones ante el Tribunal de Honor del Partido. 

f. A la colaboración solidaria del Partido en caso de accidentes o emergencias. 

g. Al reconocimiento en mérito a sus acciones recibiendo premios morales intangibles de carácter económico tangible. 

Artículo 35.- Los miembros activos son libres de renunciar. El Partido, en sus niveles orgánicos, dará curso a las solicitudes de los miembros que deseen renunciar. 

Artículo 36.- Los miembros activos renunciantes pierden sus derechos, quedando como: afiliado, miembro de la comunidad partidario o fuera de ello. 

Artículo 37.- Al renunciar, el miembro activo, pierde automáticamente todo los beneficios y derechos dados por el Partido. 

Artículo 38.- Para volver a la condición de miembro activo, deberá solicitar a los órganos correspondientes y someterse nuevamente a pruebas de liderazgo. 

Artículo 39.- El miembro sujeto de expulsión, luego de un juicio partidario ante el Tribunal de Honor en los niveles correspondientes, deja de pertenecer al partido en todos sus niveles. 

Artículo 40.- Los miembros activos por estar a disposición del partido se regirán por un reglamento especial. 


TÍTULO III
DE LA ORGANIZACIÓN Y DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO
CAPÍTULO I
DE LA ORGANIZACIÓN DEL PARTIDO 

Artículo 41.- EL Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo, por su posicionamiento en la sociedad peruana, con una comunidad política unida fundamentalmente por su Proyecto histórico, plasma su organización en los siguientes niveles. 

a. Organización territorial, en base a la localización de las viviendas de los afiliados y miembros del partido, se constituyen Comités en todo el territorio nacional e internacional. 

b. Organización de Complementación Social, el Partido promueve la formación de bases o Comités dentro de las organizaciones sociales, para complementar y colaborar en su desarrollo. 

c. Organización Por Redes, en base a redes sociales y equipos, sobre la base de un territorio o comités territoriales, o en base a redes virtuales, sobre la base de las relaciones entre sus miembros. 

Artículo 42.- El partido reconoce como su centro territorial El Tambo de la Libertad, como territorio símbolo de nuestra Identidad, ubicado en Izcuchaca, Huancavelica. 

Artículo 43.- Inspirándose en el estado del Tahuantinsuyo, el partido se divide en todo el territorio peruano en cuatro suyos y un centro: en suyo Norte, suyo Sur, suyo Este, Suyo Oeste. Cada localidad asume territorialmente esta división. El distrito, provincia, Región, se divide en cuatro suyos y un centro. Cada afiliado o miembro del partido según su localización pertenecen a un suyo según su distrito, provincia, región o nación. 

Artículo 44. - Con miras a las competencias políticas los afiliados y miembros se identifican en relación a la localidad donde viven, formando parte de los comités zonal distrital, provincial, o regional. 

Artículo 45.- El local partidario es el medio social donde concurren los miembros afiliados y miembros activos para afianzar los vínculos partidarios. Cada local exhibirá los símbolos del partido y la correspondiente identificación de la ciudad, zona y suyo. 

Artículo 46.- En los locales partidarios funcionaran los órganos de gobierno del Partido en sus correspondientes niveles: zonal, distrital, provincial y regional, siempre con la indicación del Suyo que los agrupa. 

Artículo 47.- El local central del partido es El Tambo de la Libertad, sede de los órganos de gobierno y de las directivas funcionales a nivel nacional. En el local central para la toma de decisiones se reúnen la directiva nacional del partido, las directivas nacionales de los órganos funcionales. 

Artículo 48.- La organización por complementación, por redes de equipos y comités se rige por sus propios reglamentos. 


CAPÍTULO II
DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO DEL PARTIDO 

Artículo 49.- Los órganos de gobierno del El Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo: 

a. El Congreso Nacional del Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo. 

b. Los Congresos por Suyos del partido. 

c. Los Congresos Regionales del Partido. 

d. Los Congresos Provinciales del Partido. 

e. Los Congresos Distritales dl Partido. 

f. La Dirección Nacional del Partido. 

g. La Direcciones del: Suyo Sur, Suyo Norte, Suyo Este, Suyo Oeste y del Núcleo Centro. 

h. Las Direcciones Regionales del Partido. 

i. Las Direcciones Provinciales del Partido. 

j. Las direcciones Distritales del Partido. 

k. Las Direcciones Zonales o Sectoriales. 

l. La Comisión Política Nacional. 

Artículo 50.- El Congreso Nacional del Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo es el máximo órgano de Gobierno del Partido, representa a la comunidad partidaria, afiliados, a los aspirantes a miembros y miembros del partido. 

Artículo 51.- El congreso nacional del partido tiene las siguientes facultades: 

a. Aprobar y modificar el estatuto del Partido. 

b. Aprobar los reglamentos de los órganos funcionales del Partido. 

c. Aprobar el plan nacional del Partido. 

d. Cuestionar y destituir a la Dirección nacional. 

e. Dar reconocimiento a los miembros destacados del partido 

f. Otros que establezca la agenda correspondiente 

Artículo 52.- Los congresos de los Suyos son los máximos órganos de Gobierno del Partido en relación con la jurisdicción que comprenden. 

Artículo 53.- Son facultades de los Congresos de los Suyos: 

a. Elegir a la comisión Política del Suyo correspondiente. 

b. Elegir las directivas de los órganos funcionales correspondiente a cada Suyo. 

c. Aprobar el plan del Suyo como parte del plan nacional del Partido. 

d. Cuestionar y destituir a la Dirección del Suyo. 

e. Dar reconocimiento a los miembros destacados del Suyo 

f. Otros que establezca la agenda correspondiente 

Artículo 54.- Los Congresos Regionales, Provinciales y Distritales del Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo, son los máximos órganos de Gobierno del Partido, con las mismas facultades de los congresos por Suyos, con las limitaciones de sus respectivas jurisdicciones. 

Artículo 55.- La Dirección Nacional del Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo es el órgano de gobierno ejecutivo, responsable del cumplimiento del Plan Nacional del Partido, así, como de los acuerdos del Congreso. 

Artículo 56.- La elección de la Dirección Nacional es por democracia partidaria, en elecciones generales nacionales internas, donde participan el conjunto de afiliados y miembros del Partido. El periodo de duración de la Dirección Nacional del Partido es de dos años. Pudiendo reelegirse ser elegido por un periodo adicional. 

Artículo 57.- Para integrar la Dirección Nacional es requisito ser afiliado del Partido. 

Artículo 58.- La Dirección Nacional está conformada: 

a. Mensajero (a) Presidente del Partido. 

b. Mensajero (a) Vicepresidente del Partido. 

c. Mensajero (a) Director Nacional de Relaciones Exteriores. 

d. Mensajero (a) Director Nacional de Economía. 

e. Mensajero (a) Director Nacional de Organización. 

f. Mensajero (a) Director Nacional de Juventudes. 

g. Mensajero (a) Director Nacional de Comunicaciones y Posicionamiento. 

h. Mensajero (a) Director Nacional de Formación de Líderes. 

i. Mensajero (a) Director Nacional de Seguridad e información 

Artículo 59.- El Mensajero (a) Presidente del Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo tiene las siguientes facultades. 

a. Representa y simboliza la unidad del Partido a nivel de la sociedad, principalmente en los actos públicos. 

b. Preside y dirige las reuniones de la Dirección Nacional. 

c. Se responsabiliza de la correcta y eficaz administración del Partido. 

d. Dirige con liderazgo la ejecución de los planes del Partido. 

e. Lidera las campañas políticas del Partido a nivel nacional. 

f. Preside y dirige las reuniones de la Comisión Nacional Del Partido. 

g. Preside y dirige la Comisión del Plan Nacional de Gobierno. 

h. Coordina con los Directores de la Dirección Nacional y con las Directivas a nivel de Suyos, Regiones, Provincias y Distritos. 

i. Coordina con los Directivos de los órganos funcionales del Partido. 

j. Coordina con los representantes de otros partidos Políticos. 

k. Coordina con el Presidente de la República si es miembro del Partido. 

l. Coordina con los congresistas del partido. 

m. Firma los documentos oficiales del partido. 

n. Firma los convenios institucionales a nombre del partido. 

Artículo 60.- Son facultades del Mensajero (a) Vicepresidente del Partido: 

a. En ausencia, o a pedido, del presidente, desempeña las mismas facultades determinadas en el artículo 59. 

b. Asesora y colabora con el Presidente del partido. 

c. Coordina, en representación del presidente, con las directivas del partido. 

d. Realiza gestiones por encargo del presidente del Partido. 

Artículo 61.- Son facultados del Mensajero (a) Director Nacional de Relaciones Exteriores del Partido. 

a. Se responsabiliza, en coordinación con el Presidente, de las relaciones exteriores del Partido, especialmente con los partidos hermanos a nivel de América Latina. 

b. Coordinar el establecimiento de vínculos inter-partidarios a nivel mundial. 

c. Coordinar por encargo, con las instrucciones dadas por el Presidente del Partido, la posibilidad de alianzas con otros partidos. 

d. Se encarga de los convenios con otras instituciones a nivel mundial. 

Artículo 62.- Son facultades del Mensajero (a) Director Nacional de Economía del Partido: 

a. Elaborar el presupuesto, conforme el reglamento de Economía, en coordinación con los órganos del partido, a fin de su aprobación en el Congreso Nacional del Partido. 

b. Es responsable de la contabilidad del Partido. 

c. Dirigir los movimientos económicos del Partido, celebrando convenios o contratos económicos, en coordinación con el presidente del partido y los directores comprendidos. 

d. Se responsabiliza conjuntamente con el Presidente, vicepresidente del movimiento económico y financiero del Partido. 

e. Realizar un seguimiento de fiscalización a los miembros que ejerzan cargos públicos. 

Artículo 63.- Son facultades del Mensajero (a) Director Nacional de Organización: 

a. Encargarse de la organización del partido a nivel nacional, responsabilizándose por el funcionamiento eficaz de los comités del partido. 

b. Impulsar las campañas de afiliación del partido. 

c. Coordinar las convocatorias para la inscripción de miembros Aspirantes a miembros Activos y vigilar el proceso de su formación. 

d. Organizar y administrar los archivos de miembros afiliados, miembros aspirantes y miembros activos del partido, en función de su desempeño y desarrollo en el escalafón del partido. 

e. Firmar, conjuntamente con el Presidente del Partido los carnets de lo miembros afiliados y miembros activos. 

Artículo 64.- Son facultades del Mensajero (a) Director Nacional de la Juventud: 

a. Tiene la misión de promover la vocación política en los jóvenes a nivel nacional. 

b. Coordinar con el partido para impulsar campañas de carácter nacional para realizar trabajos colectivos, conforme el espíritu de la Minka. 

c. Coordinar con el partido la participación de los jóvenes en los proyectos impulsados por el partido según los principios del Partido Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo. 

d. Coordinar la participación de los jóvenes como precandidatos del partido en las elecciones internas y con miras a los procesos electorales. 

Artículo 65.- Son facultades del Mensajero (a) Director Nacional de Comunicaciones y Posicionamiento del Partido. 

a. Tiene la responsabilidad de organizar y dirigir los medios de comunicación del partido a nivel nacional. 

b. Coordinar con los mensajeros Directores de Comunicaciones a nivel nacional, Provincial, distrital, los mensajes y programaciones a impulsar para la comunidad partidaria. 

c. Impulsar el posicionamiento del partido en forma coherente, tratando de llegar a la mente de los electores a nivel nacional bajo formas adecuadas y eficaces. 

Artículo 66.- Son facultades del mensajero (a) Director de Formación de Líderes: 

a. Es el responsable del eficaz funcionamiento del Hatum Yachay Huasi, a nivel nacional, con miras a formar a los futuros Líderes del partido. 

b. Coordinar con las instancias del partido para la participación de los afiliados que aspiran a ser miembros. 

c. Evaluar en forma permanente el desarrollo de los miembros en el sentido de sus acciones de Liderazgo, para su correspondiente promoción y reconocimiento. 

Artículo 67.- Son facultades del mensajero(a) Director de Seguridad e Información del Partido: 

a. Responsabilizarse de organizar a nivel nacional un cuerpo especializado para dar seguridad al partido. 

b. Organizar la seguridad del partido, de sus candidatos, en las campañas electorales nacionales, principalmente al candidato a la presidencia del país. 

c. Coordinar con los mensajeros Directores de Seguridad en los niveles Regionales, Provinciales y distritales, con miras a la seguridad integral del Partido. 

d. Obtener información, datos estadísticos, big data, relevantes y actualizadas para fines y objetivos del partido. 

Artículo 68.- Las Direcciones por Suyos, por Regiones, Provincias, Distritos, Sectores, tienen la misma estructura de la Dirección nacional del partido, con excepción de la Dirección de Relaciones Exteriores, y con las diferencias relativas a sus límites y jurisdicciones. Su elección es por democracia partidaria, en elecciones internas, es sus respectivas jurisdicciones, donde participan el conjunto de afiliados y miembros del partido. El periodo de duración de las Direcciones elegidas es de dos años. 

Artículo 69.- Todas las Direcciones Nacionales Suyos, Regionales, Provinciales, distritales y sectoriales, forman un sistema social flexible, en interacción, guardando relativa autonomía, siendo cada Dirección en el nivel que le corresponda un órgano de gobierno ejecutivo, su subordinación es de lo a lo sectorial. 

Artículo 70.- La Comisión Política Nacional es el órgano de más alto nivel del partido de carácter consultivo y de asesoramiento, con la finalidad de dar propuestas a los órganos ejecutivos del Partido. 

Artículo 71.- Los miembros de la Comisión Política Nacional son elegidos en el Congreso Nacional del Partido entre los miembros más destacados y por su trayectoria experiencia y liderazgo. 

Artículo 72.- Las Comisiones Políticas por Suyos, Regiones, Provincias y Distritos, son órganos consultivos y de asesoramiento del partido en sus respectivas jurisdicciones. 

Artículo 73.- La estructura y funcionamiento de las Comisiones Políticas se regulan por su propio reglamento. 


TÍTULO IV
DE LOS ORGANOS FUNCIONALES DEL PARTIDO 

CAPÍTULO I
ORGANOS FUNCIONALES DEL PARTIDO 

Artículo 74.- EL Partido Político Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo con la finalidad de desenvolverse con eficacia a nivel nacional e internacional, organiza sus órganos funcionales especializados. 

Artículo 75.- Los principales órganos funcionales del partido son: 

a. El Centro de afiliación partidaria. 

b. El Centro de convocatoria de miembros Aspirantes a miembros Activos. 

c. El Hatum Yachay Huasi. 

d. El tribunal de honor. 

e. El Comité de Calidad. 

f. El Comité Electoral. 

g. El Centro de Campañas. 

Artículo 76.- Lo órganos funcionales del partido son descentralizados, acorde a sus funciones, conformando un sistema funcional a nivel nacional. 


CAPÍTULO II 
CENTRO DE AFILIACIÓN PARTIDARIA 

Artículo 77.- El Centro de Afiliación Partidaria es el órgano funcional encargado de convocar a la comunidad partidaria y organizar la afiliación partidaria a nivel nacional. 

Artículo 78.- Las directivas del Centro de Afiliación partidaria, de acuerdo a sus ámbitos, nacional, suyos, regional, provincial, distrital y sectorial son elegidos por los congresos partidarios respectivos. 

Artículo 79.- El CAP-IINT tiene autonomía funcional, coordinando con los mensajeros Directores para efectos de su función. 

Artículo 80.- El CAP-IINT se regirá por su propio reglamento interno. 


CAPÍTULO III
CENTRO DE CONVOCATORIA DE ASPIRANTES A MIEMBROS ACTIVOS 

Artículo 81.- EL Centro de Convocatoria de Miembros Aspirantes a Miembros Activos (CCAM-IINT) es el órgano encargado de atender la incorporación al partido de los miembros es sus diferentes niveles. 

Artículo 82.- Los integrantes del CCAM-IINT, de acuerdo al nivel de sus jurisdicciones, son elegidos en sus jurisdicciones, son elegidos en los congresos partidarios respectivos. 

Artículo 83.- El CCAM-IINT como órgano especializado tiene autonomía en sus funciones, coordinando con los mensajeros Directores a efectos del mejor cumplimiento de su función. 

Artículo 84.- El CCAM-IINT se regula por su reglamento. 


CAPÍTULO IV
EL HATUM YACHAY HUASI 

Artículo 85.- EL Hatum Yachay Huasi es el centro encargado de la formación de los Líderes políticos del partido. 

Artículo 86.- Las directivas del Hatum Yachay Huasi es presidida por el Mensajero Director Nacional de Formación de Líderes, sus demás miembros se eligen en el congreso nacional del partido. 

Artículo 87.- El Hatum Yachay Huasi, acorde a su función elabora los programas formativos para la educación política, elabora los procedimientos para las pruebas de liderazgo a las que serán sometidos. 

Artículo 88.- La plana de educadores del Hatum Yachay Huasi está conformado por expertos en los diversos campos de la ciencia y tecnologías programadas, se les denomina amautas. 

Artículo 89.- Para su función el Hatum Yachay Huasi se regula por su propio reglamento. 


CAPÍTULO V
EL TRIBUNAL DE HONOR 

Artículo 90.- El Tribunal de Honor (TH-IINT) es el órgano nacional encargado de resolver los conflictos internos en el partido. 

Artículo 91.- El TH-IINT restituye el Honor a los miembros del partido y los sanciona de acorde al grado de las faltas cometidas, siendo la expulsión la máxima sanción que puede recibir un miembro. 

Artículo 92.- El TH-IINT es la instancia que puede expulsar a los miembros del partido. 

Artículo 93.- La composición y reglamento del TH-IINT será aprobado por el Congreso Nacional del Partido. 


CAPÍTULO VI
EL COMITÉ DE CALIDAD 

Artículo 94.- EL Comité de Calidad (CC-IINT) es el órgano que promueve la Calidad de los servicios que brinda el Partido, en lo interno y externo. 

Artículo 95.- El CC-IINT a nivel nacional lo preside el Presidente del Partido, lo integran el mensajero Director Nacional de Formación de Líderes, y tres miembros de la Comisión Política Nacional, designados por este órgano. 

Artículo 96.- El CC-IINT en los demás niveles se organiza, siendo esta misma composición, en correspondencia con sus respectivas jurisdicciones. 

Artículo 97.- El CC-2INT se rige por su propio reglamento. 


CAPÍTULO VII
COMITÉ ELCTORAL 

Artículo 98.- EL Comité Electoral Nacional del Partido (CE-IINT) es el órgano funcional encargado de organizar los procesos electorales nacionales del Partido, conforme la ley de los partidos. Sus miembros son elegidos en los Congresos partidarios. 

Artículo 99.- Los CE-IINT en los niveles de Suyos, Regiones, Provincias, Distritos, son los encargados de los procesos electorales del partido en sus respectivas jurisdicciones. 

Artículo 100.- El CE-IINT se rige por su propio reglamento. 


CAPÍTULO VIII
CENTRO DE CAMPAÑAS 

Artículo 101.- El Centro de Campañas del Partido es el órgano destinado a dirigir, organizar, e implementar las campañas electorales del Partido. 

Artículo 102.- El Centro de Campañas se desarrolla desde el nivel nacional hasta el nivel distrital, siendo cada centro autónomo en su función dentro de su jurisdicción, en un sistema donde el nivel nacional se apoya y se complementa con los demás. 

Artículo 103.- Las directivas del Centro de Campañas se eligen en los Congresos Partidarios, según el nivel de su ámbito o jurisdicción. 

Artículo 104.- Su funcionamiento se regula por su reglamento aprobado en el Congreso Nacional. 


TÍTULO V
DE LOS SIMBOLOS DEL PARTIDO 

Artículo 105.- Los Símbolos del Partido Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo son los destinados a fomentar la identidad y distinción partidaria, y representan las ideas y sentimientos relativos a Identidad Integradora Nuevo Tahuantinsuyo. 

Artículo 106.- Los principales símbolos partidarios son: 

a. El Escudo del Partido. 

b. La bandera del partido. 

c. El himno del partido. 

Artículo 107.- El Escudo del Partido es el Sol en Cuya parte inferior sobrevuela un cóndor. 

Artículo 108.- La Bandera del Partido es la tela color azul eléctrico, que lleva en su centro el escudo. 

Artículo 109.- El Himno del Partido es el Cóndor Pasa Tahuantinsuyana. 


TÍTULO VI
DE LA DISOLUCIÓN 

Artículo 110.- El Partidos se disuelve mediante Referéndum a nivel nacional, con la concurrencia de todos los miembros afiliados. Para proceder a la disolución deberá contar con no menos del 80% de votos a favor del mismo que se dará a conocer al JNE para los fines consiguientes. 

A continuación se procederá a nombrar una comisión liquidadora, la que se encargará de donar el patrimonio del partido a alguna institución de carácter social a fin a los principios. 


TÍTULO VII
DE LA DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIOS. 

Artículo 111.- El congreso ordinario se llevará a cabo cada año y su convocatoria es en un plazo de dos (2) meses como mínimo, pudiendo ser convocada por el Presidente (a) Vicepresidente y el 10% de los que integran la Dirección nacional, y los congresos extraordinarios se convocará en un plazo de mínimo de quince (15) días, cuando la coyuntura y la estrategia política lo requiera. 

Las citaciones y notificaciones se realizarán en forma virtual al correo electrónico señalado, y además por otros medios electrónicos, y sin perjuicio de notificación física, a través de los órganos de gobierno por niveles y pertinentes. 

Artículo 112.- Quorum se instala con los asistentes a la segunda convocatoria, pudiendo aprobarse asimismo los acuerdos por mayoría de los asistentes. La segunda convocatoria será con un intervalo de una hora posterior a la primera convocatoria convocado. 

Artículo 113.- La responsabilidad Penal y Civil al que estaría inmerso los afiliados del partido, los mismos que acarrean implicancia estaría a cargo del Tribunal de Honor. 

Artículo 114.- Se declara como día del aniversario del partido el día 19 de junio de cada año: “Mes del Tahuantinsuyo”, la misma que se celebrará con una programación especial. 

Artículo 115.- Se aprueba como el día del “Liderazgo creador” del partido el día 20 de diciembre de cada año. 

Artículo 116.- Respecto a la alianza, fusión o integración Partidario, se llevará a cabo bajo los principios estatutarios, pudiendo ser con agrupaciones afines y en concordancia con la legislación con los partidos políticos vigentes y el sistema de derecho políticos y derecho electoral. 

Artículo 117.- La elección de los primeros autoridades de los diferentes órganos de gobierno nacional del partido, déjese en suspenso hasta el tercer congreso nacional extraordinaria. 

Artículo 118.- Los aportes al partido para el proceso extraordinario de inscripción del partido ante el JNE, la suma de cien nuevos soles. Asimismo, el aporte mensual de diez soles mensuales. Igualmente asumir un préstamo de la suma de treinta mil soles, mediante las entidades financieras o mediante personas naturales. 

Artículo 119.- Se elige al Comandado Nacional de inscripción del Partido ante el JNE, a los siguientes mensajeros chaskis. Como Presidente a: Julio Durand Lazo, miembros: Hortencio Julcahuanca Orosco, Carlos Aldana Clavijo, Pedro Onofre Ojeda, Carlos Caballero Balladares, y a Helio Vílchez Jorge en su condición de Personero Legal del Partido. 

Artículo 120.- Se aprueba los primeros lemas y tratos dentro del partido en su proceso de afiliación ante el JNE. 

Identidad Integradora …Nuevo Tahuantinsuyo…!! 

Mensajero Chaski…Forjando Nuevo Estado... !! 

Tratos entre sus afiliados, hermanos (a): 

Amautas 

Mensajeros 

Chaskis
Marcha de Banderas PPIINT
Extracto de la intervención del
Hermano Mensajero Amauta
Julio Durand Lazo

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